Durante mi carrera profesional, dedicada casi en exclusiva al derecho laboral y seguridad social, no sabría concretar cuántos trabajadores me han dicho: «me acosan en el trabajo». Cientos, seguro, cuántos concretamente, no sabría decirlo. Es un problema laboral muy extendido. Obviamente, existen soluciones si te acosan en el trabajo.
Las relaciones laborales son complicadas. En el trabajo se pasan muchas horas, los rifirrafes son habituales y normales, es imposible no discutir alguna vez con quien está a tu lado 8 horas al día, 40 horas a la semana, y 1770 horas al año. Pero una cosa son los incidentes puntuales y otra cosa es una actitud hostigadora repetida y prolongada en el tiempo con ánimo de hacer daño a un trabajador.
Por tanto, en este artículo voy a daros una opinión, basada en mi experiencia, y voy a explicar las alternativas que tiene el trabajador frente a una situación de acoso.
También os dejo un vídeo en mi canal de Youtube sobre este fenómeno social. el acoso laboral. Si os suscribís a mi canal de Youtube, me hacéis feliz.
Si necesitas consultar tu caso particular sobre acoso laboral con un Abogado Laboralista especializado en acosos, puedes utilizar el buzón de consultas.
¿Qué es el acoso laboral?
Lo primero es delimitar el concepto de acoso laboral.
No todo incidente en el trabajo en el trabajo es acoso laboral. Como bien he introducido en el encabezamiento de este artículo, los incidentes puntuales no son constitutivos de acoso. Sin desmerecer los mismos, en una relación laboral puede tener lugar un incidente que sea constitutivo de un delito de amenazas, por ejemplo, pero no de acoso laboral.
El acoso laboral debe ser repetido y duradero.
Se suele establecer como marco delimitador, una situación hostil que se prolonga por más de 6 meses y se repite en uno o varios episodios semanales.
Esto no significa que una persona tenga que aguantar 6 meses de tiranía e improperios varios antes de denunciar.
Estos parámetros citados de 6 meses y episodios semanales son una guía para diferenciar el acoso de otros hechos puntuales, pero no son una regla matemática.
Soluciones si te acosa en el trabajo
Cuando una relación laboral se convierte en tóxica, lo mejor es extinguirla. Si el conflicto es prolongado en el tiempo y ha calado en la relación laboral, es difícil o imposible revertirlo, por lo que la mejor solución es apartarse del foco del conflicto.
Existen varias posibilidades para extinguir la relación laboral, algunas indemnizadas, otras no.
La alternativa a la extinción de la relación laboral, es combatir el acoso mediante denuncias y/o demandas, desde dentro de la empresa, lo cual es más complejo y más duro para el trabajador, que sobrevive en una relación laboral conflictiva.
A continuación voy a explicar las distintas posibilidades que tiene un trabajador y lo oportuno de cada una de ellas dependiendo de las circunstancias.
Extinguir la relación laboral
Como decía, la extinción de la relación laboral es la solución más efectiva para poner fin a una relación laboral tóxica. Empresa nueva, vida nueva. Ahora bien, cómo extinguir la relación laboral conflictiva, ese el quid de la cuestión.
Baja voluntaria del trabajador
La baja voluntaria del trabajador es la alternativa más sencilla. Si no te quieren, te vas. Eso sí, renunciando a una indemnización y a cobrar la prestación por desempleo.
Sin embargo, para trabajadores que «no quieren líos» es una opción muy válida. Si encuentran un nuevo empleo, presentan su dimisión en la empresa, respetando el plazo de preaviso de rigor, y aquí paz, y luego gloria.
Empresa nueva, vida nueva.
Extinción por incumplimiento del empresario
Cuando el trabajador no quiere renunciar a su indemnización ni a la prestación por desempleo, la baja voluntaria no es una opción, hay que buscar una alternativa indemnizada.
Esta es la mejor y más habitual. Si el hostigar es el propio empresario, y el trabajador puede demostrar el acoso laboral que está padeciendo, puede presentar una demanda reclamando la extinción de la relación laboral con abono de una indemnización de 45/33 días de salario por año trabajado y derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Eso sí, esta opción está reservada para incumplimientos empresariales graves. Nada de nimiedades.
Aunque no se tengan pruebas suficientes para ganar un juicio de esta índole, también es posible que el empresario no quiera enjuiciar el asunto y prefiera llegar a un acuerdo extinguir la relación laboral sin llegar a mayores. Ocurre frecuentemente. Así que es una opción a valorar.
Extinción por modificación de las condiciones laborales
En algunas ocasiones ocurre que el empresario, para presionar o fastidiar al trabajador en su ánimo acosador, modifica sus condiciones laborales, por escrito o de facto.
Le cambia el horario para complicarle la conciliación familiar. Le impone un sistema de trabajos a turnos. Le despoja de toda responsabilidad y le degrada la categoría profesional, etc.
En estos casos, puede optarse por este tipo de extinción, más sencilla que la anterior, pero menos indemnizada. En este caso, la indemnización por extinguir el contrato de trabajo es de 20 días de salario por año trabajado, también con derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Denunciar el acoso laboral
Frente a las soluciones cuyo objetivo es la extinción de la relación laboral, tenemos su alternativa, la denuncia o demanda judicial del acoso laboral.
Esto será sin duda una opción más compleja para el trabajador, que además, tendrá que soportar el proceso desde dentro de la empresa.
Sin embargo, en ocasiones es la única opción para el trabajador, que puede tener mucho más complicada (o imposible) la extinción.
Por ejemplo, casos de funcionarios públicos de carrera, con plaza fija, que solo podrían alejarse del conflicto mediante una comisión de servicio o una excedencia voluntaria, por ejemplo.
O también para casos de empleados del sector privado, que aun pudiendo optar por la extinción de la relación laboral, no les resulta posible, por falta de pruebas, o simplemente no desean la extinción. Por ejemplo, un empleado de 60 años que ha trabajado toda la vida en la misma empresa y no tiene fácil encontrar un nuevo empleo.
En estos casos existen posibilidades.
Protocolos antimobbing
Tanto los convenios colectivos del sector privado, como la mayoría de administraciones públicas, tienen protocolos de gestión de conflictos interpersonales.
Suelen iniciarse mediante denuncia de la víctima. Se forma una instrucción, se toma declaración a las personas implicadas y posibles testigos y a la vista del resultado, la empresa toma medidas en consecuencia.
No suelo ser muy esperanzador con mis clientes cuando pretender mover un protocolo de este tipo.
Si el acoso es vertical, es decir, proviene del propio empresario o están implicados cargos importantes de la empresa, todas las declaraciones suelen decantarse en contra del trabajador afectado y finalmente, el resultado es infructuoso.
Aunque también es posible que no sea así, y que mediante un protocolo de este tipo, pueda solucionarse el conflicto. Es una opción a valorar.
Demanda judicial
Obviamente, existen varias alternativas para presentar demandas o denuncias en el Juzgado cuando existe un acoso laboral grave.
Desde a vía social, pasando por la penal e incluso la civil o la contencioso administrativa.
Sin embargo, es necesario estudiar bien el asunto. Como he comentado para el caso de los protocolos antimobbin, si el acosador es el propio empresario o cargos de importancia en la empresa, suelen venir testigos que declaran en favor de la empresa y/o la parte demandada. Los testigos del trabajador suelen ser mudos, no recuerdan muy bien, no saben, no vieron, etc.
Así que antes de aventurarse a una demanda de este tipo, es necesario revisar y valorar la pruebas.
Claro está que además de testigos, pueden aportarse otro tipo de pruebas, como correos electrónicos, grabaciones, emails, etc.
Conclusiones
Estos casos son complejos por lo injusto del asunto y las emociones que remueven. El trabajador injustamente tratado, puede rebosar de ira y odio hacia su acosador, considerando que la empresa es merecedora de una condena ejemplar. Y en efecto, puede que así sea.
Sin embargo, dejando al margen las emociones, puede resultar más práctico, efectivo y saludable una extinción a tiempo de la relación laboral. Pasar página y empezar de nuevo.
Si necesitas consulta tu caso, puedes escribirme a través del buzón de consultas.