Jubilación no contributiva 2026

Es posible cobrar una pensión de jubilación sin haber cotizado suficiente: 15 años durante toda la vida laboral, y 2 años en los últimos 15.

Para personas que carecen de ingresos o rentas y residen en España, la Seguridad Social contempla una pensión de jubilación aunque no hayan los 15 años exigidos para cobrar una jubilación contributiva.

Cosa distinta es que haya cotizado menos de 15 años en España, pero más tiempo en otros países, en cuyo caso, debe consultar si existe un convenio en materia de Seguridad Social firmado entre España el país extranjero donde se ha trabajado: puede que sea posible solicitar la totalización de periodos y que España le reconozca una parte de pensión contributiva.

Las cuantías de la pensión que se exponen en este artículo, han sido actualizadas de acuerdo con el incremento extraordinario aprobado mediante Real Decreto Ley 16/2025. Estas cantidades estarán vigentes durante todo el año 2026.

Mínimo cotizado para cobrar la pensión

La pensión no contributiva es para personas que no han cotizado el mínimo exigible para cobrar la jubilación. Si se han cotizado más de 15 años, debe solicitarse una pensión de jubilación contributiva.

Para cobrar una pensión contributiva es necesario haber cotizado 15 años, o su equivalente en días, 5.475 días.

El tiempo cotizado puede comprobarse en un informe de vida laboral. Para trabajadores a tiempo parcial, el tiempo efectivamente cotizado no equivaldrá al número de días de alta (por ejemplo, 360 días cotizados a media jornada, en la vida laboral aparecen como 180 días cotizados), con lo cual, habrá que calcular los días naturales de alta para averiguar si realmente se llega a esos 15 años de cotización.

Cotización en otros países

Tema distinto es que se haya cotizado en otros países, y no se haya cotizado en España lo suficiente para cobrar la pensión por jubilación en España.

En estos casos hay que comprobar si existe convenio en materia de Seguridad Social con el país en cuestión y si el mismo permite la totalización de periodos cotizados.

Se suma el periodo cotizado en el extranjero, al cotizado en España, y es posible cobrar el porcentaje de pensión equivalente al tiempo trabajado en nuestro país.

Requisitos para cobrar la jubilación sin haber cotizado

Cuando no se ha cotizado el tiempo comentado anteriormente, 15 años, es posible acceder a una pensión por jubilación siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 369 de la Ley General de la Seguridad Social.

Tener 65 años o más

Para acceder a esta pensión de jubilación no contributiva, es necesario tener cumplida esta edad. No cabe la jubilación anticipada para la modalidad no contributiva.

Si no ha cumplido 65 años y carece de ingresos, puede valorar solicitar el Ingreso Mínimo Vital o alguna de las ayudas que ofrece la Seguridad Social.

Residir en España

Se exige un periodo de residencia de 10 años, de los cuales, al menos 2 deben serlo justo antes de solicitar la pensión de jubilación no contributiva.

Además, esta residencia debe mantenerse durante el cobro de  la pensión no contributiva, no pudiendo abandonar territorio español durante más de 90 días al año, salvo que esté justificado por enfermedad.

Carecer de rentas suficientes

Solo pueden cobrar la pensión por jubilación no contributiva las personas que carezcan de rentas suficientes, tanto a nivel personal, como a nivel familiar.

Las rentas personales no pueden superar los 8.803,20 euros anuales. Esta cifra es la vigente en este año 2026.

Las rentas familiares que se tienen en cuenta son las de la unidad económica de convivencia: matrimonio o parentesco por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado.

Estas rentas familiares no podrán superar los límites que se observan en las siguientes tablas:

Si se convive únicamente con el cónyuge y/o parientes de hasta segundo grado:

Número de convivientesLímite de rentas familiares del año 2026
214.965,44 € / año
321.127,68 € / año
427.289,92 € / año

Si entre los convivientes hay ascendientes o descendientes, se multiplican los anteriores límites por 2,5:

Número de convivientesLímite de rentas familiares si se convive con padres o hijos en el año 2026
237.413,60 € / año
352.819,20 € / año
468.224,80 € / año

Cuantía de la pensión de jubilación no contributiva

La cuantía básica para este año 2026, se mantiene en los 8.803,20 euros anuales, en 14 pagas mensuales de 628,80 euros.

La pensión no contributiva se actualiza cada vez que se aprueban unos nuevos Presupuestos Generales del Estado. Y a falta de estos, se actualiza en un Real Decreto Ley.

Familias con más de 1 beneficiario

Si en una misma familia concurren 2 ó más personas con derecho a esta pensión de jubilación no contributiva, la cuantía se determinará del siguiente modo.

Por cada beneficiario adicional, se sumará el 70% de la anterior cuantía, y el resultado se dividirá por el número de personas que tengan derecho a la pensión de jubilación.

Por ejemplo, si son 2 beneficiarios, la operación sería la siguiente:

8.803,20.-€ + 6.162,24.-€ = 14.965,44.-€ anuales (1.068,96.-€ mensuales)

De modo que cada beneficiario recibiría un pensión de jubilación no contributiva de 7.482,72 euros anuales, o en términos mensuales 534,48 euros mensuales.

Número de beneficiarios en el mismo domicilioPensión anual por personaPensión mensual por 14 pagas por persona
18.803,20 € / año628,80 € / mes
27.482,72 € / año534,48 € / mes
37.042,56 € / año503,04 € / mes

Si se tienen otras rentas aunque no sean suficientes

Si el beneficiario tiene rentas superiores al 35% del límite máximo individual explicado anteriormente, esto son 3.081,12 euros anuales, el exceso de éstas se descontarán de la pensión de jubilación no contributiva.

Es posible cobrar la pensión no contributiva íntegra, aunque se cuente con ingresos personales no superiores a 3.081,12 euros anuales (el 35 % de las rentas individuales explicadas en el apartado anterior).

Por el contrario, si el pensionista recibe rentas superiores a 3.081,12 euros anuales, la cuantía excedida se rebaja de la pensión.

Por ejemplo, Manolito es beneficiario de una pensión no contributiva, pero, además, tiene ingresos de 6.000 euros al año, con lo cual excede el límite en 2.918,88 euros al año, que se descontarán de su pensión no contributiva.

De modo que a Manolito le quedará una pensión de jubilación no contributiva de 5.884,32 euros al año que, dividida en 14 pagas, será de 420,31 euros mensuales.

Si la pensión no contributiva, sumada al resto de ingresos a nivel familiar, supera el límite de ingresos familiares explicado en el apartado anterior, la pensión no contributiva se rebaja a fin de que dicha suma no rebase el límite de ingresos familiares.

Complemento para personas que vivan de alquiler

Existe un complemento de 525 euros anuales para personas que demuestren que viven de alquiler y no tengan ningún otro inmueble a su nombre.

La vivienda alquilada no puede ser propiedad del cónyuge o persona que conviva en unión estable con el beneficiario. Tampoco puede ser propiedad de ningún familiar de hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad.

Donde solicitar la pensión de jubilación no contributiva

Esta pensión la gestionan las comunidades autónomas, habitualmente mediante sus Conserjerías de Política Social.

Para residentes en Ceuta o Melilla es posible solicitarla a través del IMSERSO.

Si existe una variación de los requisitos comentados en este artículo, como por ejemplo, ingresos o personas de convivencia en la unidad familiar, hay que comunicarlo inmediatamente.