Recibe más, quien más contribuye. Es un principio básico en materia de Seguridad Social, y más concretamente, pensiones. No se refiere únicamente al importe de las bases de cotización, sino también al tiempo cotizado. Es decir, se calcula la pensión según los años cotizados.
No cobrará lo mismo una persona que ha trabajado y cotizado 15 años, que otra que ha trabajado y cotizado 30 años.
Este principio es válido tanto para pensiones de jubilación como incapacidad permanente, eso sí, con algunas diferencias.
En la última reforma de pensiones se establecieron algunas modificaciones a este respecto. Ahora, el porcentaje de pensión se calcula según «meses cotizados» no años cotizados.
En este artículo descubrirás qué porcentaje de pensión te corresponde según el tiempo cotizado durante tu vida laboral.
¿Cuánto debo cotizar para cobrar pensión de jubilación?
Para cobrar una pensión de jubilación contributiva, debes tener cotizados al menos 15 años.
Pero este periodo mínimo de cotización, únicamente te dará derecho a cobrar el 50% de la pensión de jubilación. Para incrementar este porcentaje, deberás cotizar más tiempo, tal y como se explica en el apartado siguiente.
Si eres trabajador a tiempo parcial, el tiempo de cotización mínimo para acceder a una pensión contributiva, se reduce, mediante una serie de operaciones, llamadas coeficiente global de parcialidad.
¿Cómo se calcula el porcentaje de la pensión?
En esta cuestión, como en tantas otras referidas a las pensiones de jubilación, estamos en un periodo transitorio: las normas se van endureciendo año a año hasta que llegaremos a 2027.
Como se ha citado, para cobrar el 50% de la pensión, es necesario haber cotizado 15 años. Y por cada mes adicional cotizado, se suma a ese 50%, un porcentaje entre el 0,21% y el 19%, hasta alcanzar el 100%.
Este año 2022, para cobrar el 100% de la pensión, es necesario haber cotizado 36 años durante toda la vida laboral.
El próximo año 2023, será necesario haber cotizado 36 años y medio.
En la siguiente tabla se muestra la evolución del porcentaje de pensión.

¿Sobré qué cifra se aplica el porcentaje?
Lógicamente, el porcentaje resultante hay que aplicarlo sobre alguna cifra para determinar la pensión a cobrar.
Esta cifra se llama «base reguladora» y en el caso de la pensión de jubilación, se calcula teniendo en cuenta los últimos 25 años cotizados (300 bases de cotización), que se actualizan según el IPC (a excepción de las 24 últimas) y el resultado se divide por 350.
Una vez obtenida esta base reguladora, se multiplica por el porcentaje calculado según el tiempo cotizado, y de acuerdo con las reglas explicadas en el apartado anterior.
El resultado de lo anterior será la pensión de jubilación que corresponda al pensionista.
Simulador de pensión de jubilación
A día de hoy tenemos un programa ofrecido por la Seguridad Social capaz de calcular la pensión de jubilación de forma aproximada.
El cálculo se realiza según las bases de cotización del interesado, aplicando actualizaciones según el IPC, porcentajes y todo lo que hay que aplicar.
Se pueden plantear variaciones por el tiempo futuro, por ejemplo, si un autónomo pretende elevar su base de cotización, puede indicárselo al programa. O si una persona desempleada va a cobrar el subsidio para mayores de 52 años, también se lo puede indicar al programa.
Os dejo un vídeo que explica el funcionamiento de este programa.
Trabajadores a tiempo parcial y porcentaje de jubilación
Hasta el año 2019 los trabajadores a tiempo parcial salían perjudicados en el cálculo del porcentaje aplicable sobre la base reguladora.
Se realizaban una serie de cálculos que reducían el porcentaje a aplicar. Cada día trabajado a tiempo parcial, computaba menos que un día trabajado a tiempo completo a efectos de calcular el porcentaje.
El año 2019, el Tribunal Constitucional emitió una sentencia que enlazo aquí, que obligó a cambiar el criterio.
Desde entonces, para los trabajadores a tiempo parcial, cada día trabajado, es un día cotizado a efectos de calcular el porcentaje.
Poco tiempo después, el Tribunal Supremo extendió esta norma también para pensiones de incapacidad permanente.
Porcentaje en las pensiones de incapacidad permanente
Las normas sobre el porcentaje dependiendo del tiempo cotizado que se han explicado hasta ahora, son las mismas para jubilación como para incapacidad permanente, con algunas particularidades.
- El periodo mínimo de cotización exigible para cobrar una pensión de incapacidad permanente contributiva, es más reducido que el exigible para la pensión. Se calcula dependiendo de la edad de la persona incapacitada. Os dejo una guía más abajo.
- Si se han cotizado menos de 15 años, pero se tiene derecho a cobrar la pensión contributiva por incapacidad permanente, se aplica el porcentaje del 50%.
- A efectos de calcular el porcentaje, se consideran cotizados los años desde la fecha de incapacidad, hasta la edad de jubilación ordinaria que corresponda al pensionista de incapacidad.