Recientemente nos han dicho, aunque el dato todavía está por confirmar, que las pensiones subirán un 2,7% en enero de 2026.
El continúo incremento del Índice de Precios de Consumo (IPC) no pasa desapercibido ni hace ningún favor a los pensionistas, es como un impuesto silencioso que reduce nuestra capacidad económica.
En épocas de escasa inflación, como las vividas tras la crisis del ladrillo, el IPC era un factor menos significativo en materia de pensiones.
Pero en los últimos años sí que hemos vivido un encarecimiento significativo de los precios que exige adaptar el nivel de las pensiones.
No lo sufren tanto los actuales pensionistas, cuyas pensiones se actualizan de acuerdo con la variación del IPC interanual, aunque faltaría ver si este dato realmente se adapta a la realidad del ciudadano, es decir, neutraliza realmente la subida de los precios, puesto que los productos básicos o la cesta de la compra están experimentando subidas mayores que el IPC.
Lo sufren más los nuevos pensionistas, quienes van a jubilarse próximamente, o que están valorando solicitar una incapacidad permanente, cuyas pensiones se calcularán con unas bases de cotización desactualizadas en su último tramo, como explicaré seguidamente.
En cualquier caso, ya sea en la jubilación o incapacidad permanente, la inflación en las pensiones es nociva, aunque más para los últimos que para los primeros, como también explicaré a continuación.
La inflación en las pensiones ya reconocidas
Los actuales pensionistas, poco tienen que preocuparse por el aumento del IPC, pues sus pensiones se revalorizan según el incremento del IPC según garantiza la ley.
De modo que el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social establece:
«… las pensiones de Seguridad Social, en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, se revalorizarán al comienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre del año anterior…»
Eso no significa que la inflación pase desapercibida para quien ya está cobrando la pensión, pues según publica El País, los comestibles y bebidas no alcohólicas se han encarecido más de un 30% desde julio de 2021, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística (INE), frente al 19% del índice general.
La inflación en las pensiones de jubilación
Los futuros pensionistas, aquellos que van a jubilarse en los próximos meses o años, lo tienen más negro que aquellos que ya disfrutan de su pensión.
Para calcular una pensión de jubilación se toman las bases de cotización de los últimos 25 años (o el periodo ampliado que entra en vigor a partir de 2026), y se actualizan de acuerdo con la variación del Índice de Precios de Consumo (IPC) a excepción de los 2 últimos años.
Esto supone, por ejemplo, que si una persona se jubila en diciembre de 2025, todas sus bases de cotización se actualicen con el IPC habido hasta octubre de 2023 (y no de 2025).
La base de cotización actualizada es la que se utiliza para calcular la pensión de jubilación.
Es justo actualizar las bases de cotización, puesto que el valor del dinero no es el mismo que hace 20 años. Lo que no es justo es que se excluya el IPC de los dos últimos años.
De hecho, las últimas 24 bases de cotización (dos años) no se actualizan; es decir, su valor nominal es el que se utiliza para calcular la pensión.
Esto supone que si se han cotizado 1.500 euros en diciembre de 2023 y uno se jubila en diciembre de 2025, con un incremento del IPC del 5,5 %, esas bases no se actualizan a 1.582,50 euros, sino que se mantienen en su valor nominal de 1.500 euros.
Todo esto podéis comprobarlo fácilmente en una simulación de jubilación de las que ofrece en PDF la Seguridad Social.
Esta norma, lógicamente, perjudica a la pensión resultante, que será inferior a la que correspondería si se actualizasen todas las bases de cotización.
La inflación en las pensiones de incapacidad permanente
Peor que los futuros jubilados, lo tienen las futuras personas a quienes se reconozca una incapacidad permanente.
Para calcular una pensión de incapacidad permanente por enfermedad común, se toman las bases de cotización de los últimos 8 años.
Estas bases se actualizan según la variación del IPC, salvo las 24 últimas (2 años). Las mismas que en caso de jubilación, como se ha explicado anteriormente.
Sin embargo, la diferencia radica que 2 años para un periodo de 25 años (los que se toman para calcular la jubilación) supone un 8% del total, sin embargo, esos mismos 2 años, dentro del periodo de 8 años que se toman para calcular la incapacidad permanente, suponen un 25% del total.
Por tanto, la falta de actualización del IPC, afectará más en el caso de pensionistas por incapacidad permanente, que de pensionistas de jubilación.

