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Límites de FOGASA en 2022

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es el organismo público que cubre y abona a los trabajadores las deudas de empresas insolventes o en concurso de acreedores (quiebra). Eso sí, con algunos límites.

En este artículo expondré los límites de FOGASA para este 2022 y explicaré cómo se aplican en cada caso. Puesto que conocer los límites máximos (tabla del encabezado) sin saber cómo se aplican, no sirve de nada.

Este artículo ha sido actualizado con la subida del SMI a 1.000 euros.

En la tabla del encabezado podéis ver cifras máximas que he adelantado. No obstante, muchos trabajadores tienen límites inferiores. Me explico: a un trabajador se le pueden deber 10 meses de salarios, pero si cobra un salario diario de 50 euros, su límites es de 6.000 euros, cobrará eso, nada más, aunque en la tabla pueda observarse un límite más elevado.

Por tanto, es importante entender cómo se aplican los límites.

Veremos qué clase de deudas abona el Fondo de Garantía Salarial, qué deudas no abona, y cuándo y cómo puede reclamarse a FOGASA.

Si necesitas un abogado laboralista, puedes ponerte en contacto a través del buzón de consultas.

Os dejo un vídeo en mi canal de Youtube, al que podéis suscribiros si queréis apoyar este tipo de contenidos.

Qué deudas paga FOGASA

El Fondo de Garantía Salarial responde por las siguientes deudas:

  • Salarios impagados.
  • Indemnización por despido improcedente.
  • Indemnización por despido objetivo.
  • Indemnización por despido colectivo.
  • Indemnización por extinción por incumplimiento empresarial.
  • Indemnización por extinción por modificación de las condiciones de trabajo.
  • Indemnización por fin de contrato.

Qué deudas NO paga FOGASA

El Fondo de Garantía Salarial no paga ninguna indemnización acordada en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC ó CMAC). Sí que paga en cambio, indemnizaciones acordadas en el Juzgado.

Esta excepción es algo especialmente importante a tener en cuenta, por el riesgo que supone no poder cobrar la indemnización acordada con la empresa si esta resulta ser insolvente. Si se sospecha de la insolvencia de una empresa, o mejor dicho, si no se puede garantizar la solvencia de la misma, lo mejor es pasar el acto de conciliación sin acuerdo (sin avenencia) y llegar a un acuerdo en el Juzgado u obtener una sentencia judicial.

FOGASA tampoco paga cantidades que no sean salario propiamente dicho. Por ejemplo, quedan excluidas cantidades como correspondientes a: plus distancia, quebranto de moneda, plus transporte, plus vestuario, desgaste de útiles y herramientas, dietas, complementos por incapacidad temporal ni ningún otro complemento indemnizatorio.

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Límite de FOGASA para salarios impagados

El Fondo de Garantía Salarial pagará las deudas salariales con el límite de 120 días de salarios impagados. Esto incluye finiquito, vacaciones no disfrutadas, horas extra…

Además, esos salarios no pueden superar el doble del Salario Mínimo Profesional (SMI).

Para el año 2022, el doble del Salario Mínimo Interprofesional es de 76,71.-€.

Si multiplicamos esta cifra por 120 días, el máximo que pagará el Fondo de Garantía Salarial en caso de salarios impagados, será de 9.205,48.-€.

No obstante, si un trabajador cobra un salario diario de 50 euros, dicho salario se multiplicará por 120 días y como resultado, FOGASA le pagará 6.000.-€ y no el límite máximo, porque su salario no alcanza el doble del SMI.

Límite de FOGASA para indemnizaciones por despido

El Fondo de Garantía Salarial cubre las indemnizaciones por despido improcedente con un máximo de 30 días de salario por año trabajado. Pese a que la indemnización sea de 33 días de salario.

En los casos de despido objetivo o extinción por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, la indemnización será de 20 días de salario por año trabajado.

Si se trata de una indemnización por fin de contrato temporal, la misma será de 12 días de salario por año trabajado.

En todos los casos, la indemnización no podrá superar el equivalente a 1 año de salario del trabajador. Salvo en el caso de indemnización por extinción por modificación de las condiciones laborales, en cuyo caso se aplica el tope equivalente a 9 meses de salario.

Ese salario tampoco podrá superar el doble del SMI, que para este año 2022 son: 38,36 euros diarios, o 1.000 euros mensuales por 14 pagas.

Por tanto, el límite máximo que abonará FOGASA en 2022 por indemnización será de 28.000.-€.

En cambio para indemnizaciones por modificación sustancial de las condiciones laborales el límite será de 21.000.-€.

Fecha para el cálculo de los límites de FOGASA

Un proceso judicial que declare la deuda en favor del trabajador, más el proceso de ejecución, hasta conseguir el decreto de insolvencia que abre las puertas para reclamar a FOGASA, pueden demorarse entre 1 y 2 años, dependiendo de las circunstancias (para más información leer este artículo).

Durante ese tiempo el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) sube, así como suben los límites de FOGASA.

Por tanto, surge la duda: ¿Debe tomarse el SMI de la fecha de la deuda o el SMI de la fecha del decreto de insolvencia?

La respuesta es: debe tomarse el Salario Mínimo Interprofesional vigente en la fecha en la que se declara la insolvencia de la empresa.

Insolvencia de la empresa

Salvo en supuestos de despido por fuerza mayor el Fondo de Garantía Salarial tiene responsabilidad subsidiaria. Es decir, responde si la empresa no tiene bienes suficientes para pagar la deuda al trabajador, pero no antes.

Entonces, ¿Cuándo puede reclamarse a FOGASA? ¿En qué momento concreto? Siempre después de que el Juzgado declare la insolvencia de la empresa.

Esta declaración insolvencia se consigue iniciando un proceso judicial ejecutivo en un Juzgado Social. Este proceso se inicia cuando el trabajador obtiene un acuerdo con la empresa o una sentencia judicial favorable, y la empresa no paga voluntariamente.

Llegado este punto se presenta una demanda de ejecución y se inicia el proceso de ejecución: se intentan averiguar los bienes de la empresa y embargar los suficientes para satisfacer la deuda.

En caso de no encontrarse bienes, se declara la insolvencia. Y en ese momento, el trabajador puede reclamar a FOGASA el pago de la deuda. No antes.

Concurso de acreedores y FOGASA

Ya se ha dicho que el Fondo de Garantía Salarial también responde en caso de concurso de acreedores, si bien, el art. 33 del Estatuto de los Trabajadores establece normas específicas para este supuesto.

La más significativa de ellas es que la indemnización, aun tratándose de despido improcedente, se rebaja a 20 días de salario por año trabajado.

Deben comunicarse los créditos al administrador concursal en el plazo de 1 mes desde la publicación en el BOE del concurso de acreedores.

Puede reclamarse a FOGASA cuando se obtiene el certificado concursal.

¿Cuánto tarda en pagar FOGASA?

Atrás han quedado esos tiempos en los que FOGASA tardaba años en pagar a los trabajadores sus indemnizaciones y salarios.

El RD 505/1985, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial, establece un plazo máximo de 3 meses para resolver los expedientes: estimar o denegar la solicitud del trabajador.

Una sentencia consideró que si en el plazo máximo de 3 meses FOGASA no había resuelto el expediente, debía considerarse estimada la solicitud del trabajador.

Actualmente y basándonos en la experiencia práctica en algunas provincias, puedo aseverar que en un plazo entre 1 y 2 meses, los expedientes suelen estar resueltos y pocos días después, ingresados en la cuenta del trabajador.

Ello no quita que haya excepciones o ciudades en las que por sobrecarga o motivos varios, tarden más tiempo en resolver y pagar.

Contra la resolución de FOGASA puede interponerse demanda judicial en el plazo de 2 meses.