Ya conocemos que las pensiones se revalorizarán un 2,7% este año 2026 y de hecho, ya ha sido publicado el Real Decreto-Ley que reconoce esta revalorización, así como también la revalorización de la pensión mínima de jubilación (que sube hasta el 11,4% para jubilados con cónyuge a cargo) y la pensión máxima 2026, que también sube un el IPC + el 0,115% acumulativo.
En este artículo podéis ver las tablas de jubilación mínima y máxima 2026, tanto en cómputo mensual (por 14 pagas), como en cómputo anual.
Aprovecharé también para explicar los requisitos para cobrar el complemento a mínimos.
Si estás buscando los importes de la pensión mínima por incapacidad permanente, los puedes consultar en este otro artículo:
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Pensión de jubilación mínima 2026 para pensionistas con 65 años o más
| JUBILACIÓN CONTRIBUTIVA MÍNIMA 2026 | |||
|---|---|---|---|
| Situación | Cónyuge a cargo | Sin cónyuge | Cónyuge no a cargo |
| Mayor de 65 años o más | 1.256,60 € / mes 17.592,40 € / año | 936,20 € / mes 13.106,80 € / año | 888,70 € / mes 12.441,80 € / año |
| Menor de 65 años | 1.256,60 € / mes 17.592,40 € / año | 875,90 € / mes 12.262,60 € / año | 827,90 € / mes 11.590,60 € / año |
| Mayor de 65 años procedente de Gran Invalidez | 1.884,70 € / mes 26.385,80 € / año | 1.404,30 € / mes 19.660,20 € / año | 1.333,00 € / mes 18.662,00 € / año |
Este año 2026 repetimos fuertes subidas en las pensiones mínimas. Las cuantías de la pensión mínima dependen de la edad del pensionista (mayor o menor de 65 años) y su unidad familiar: si tiene o no tiene cónyuge, y en caso de tenerlo, si está a su cargo (más abajo explicaré qué significa cónyuge a cargo).
Pensionistas con cónyuge a cargo, la pensión mínima se establecerá en 1.256,60 euros mensuales, en 14 pagas, lo que equivale a 17.592,40 euros anuales.
Para pensionistas sin cónyuge la pensión de jubilación mínima será de 936,20 euros por 14 pagas, lo que equivale a una pensión anual de 13.106,80 euros anuales.
Para pensionistas con cónyuge no a cargo, la pensión de jubilación será también de 888,70 euros mensuales, por 14 pagas, lo que equivale a 12.441,80 euros anuales.
Pensión de jubilación mínima 2026 para pensionistas con menos de 65 años
Pensionistas jubilados con cónyuge a cargo cobrarán una pensión mínima de 1.256,60 euros mensuales por 14 pagas, siendo su equivalente anual 17.592,40 euros.
Para pensionistas con cónyuge no a cargo la pensión mínima será de 875,90 euros mensuales, o su equivalente anual de 12.262,60 euros.
Y finalmente los pensionistas sin cónyuge tendrán una pensión mínima de 827,90 euros mensuales, 11.590,60 euros al año.
Pensión máxima de jubilación en 2026
La actual pensión máxima incrementada según la revalorización del 2,7% + 0,115% acumulativo se convierte para 2026 en una pensión de jubilación máxima mensual de 3.359,60 euros mensuales por 14 pagas, que en términos anuales sería de 47.034,40 euros. De acuerdo con el Real Decreto-Ley 8/2023, que revaloriza la pensión máxima de jubilación.
Todos los años, la pensión máxima debe incrementarse en el mismo porcentaje que el IPC interanual más un añadido del 0,115% acumulativo.
| PENSIÓN MÁXIMA 2026 |
|---|
| 3.359,60 € / mes |
| 47.034,40 € / año |
¿Qué significa cónyuge a cargo?
Cómo puede observarse la cuantía de las pensiones mínimas depende del cónyuge del pensionista: si existe y si está a cargo del pensionista o no.
La Seguridad Social considera cónyuge a cargo cuando exista convivencia, y los rendimientos de cualquier naturaleza del pensionista y su cónyuge sean inferiores al 11.013,00 euros anuales. Esta cifra está actualizada de acuerdo con el Real Decreto-Ley 8/2023, que estipula la revalorización para 2026, también sobre este dato.
Si el cónyuge no depende económicamente del pensionista jubilado en los términos explicados en el párrafo anterior, pero convive con este, se considerará «cónyuge no a cargo».
Complemento a mínimos jubilación 2026
El complemento a mínimos es una cantidad que se añade a la pensión de jubilación cuando no alcanza el mínimo expuesto en las tablas anteriores que corresponda según la edad y situación familiar del jubilado.
Esta cantidad no es consolidable, se revisa anualmente y solo se mantiene mientras el jubilado cumpla los requisitos, es decir, no perciba otras rentas o pensiones que sumados, superen el mínimo y no tenga estancias en el extranjero superiores a 90 días al año.
| LÍMITE DE INGRESOS PARA COMPLEMENTO POR MÍNIMOS | ||
|---|---|---|
| Situación familiar | 2025 | 2026 |
| Sin cónyuge a cargo | 9.193,00 € / año | 9.442,00 € / año |
| Con cónyuge a cargo | 10.723,00 € / año | 11.013,00 € / año |
Complemento a mínimos cuando se tienen otros ingresos además de la propia pensión
Los jubilados deben declarar los ingresos que van a recibir anualmente (derivados de trabajo, ganancias patrimoniales, actividades económicas…). Si los ingresos del pensionista superan el límite de 9.442,00 euros anuales (o en caso de cónyuge a cargo, 11.013,00 euros anuales), no se tiene derecho al complemento a mínimos.
Si lo ingresos del pensionista son inferiores, se paga la diferencia entre la pensión que tiene reconocida (en cómputo anual) + los ingresos percibe (en cómputo anual) y la pensión máxima (en cómputo anual) + 9.442,00 euros.
Para jubilación anticipada voluntaria no existe complemento a mínimos. Si el resultado de la pensión de jubilación anticipada es inferior al mínimo establecido para el año en que se cause, no es posible jubilarse de forma anticipada.
Calcula tu futura pensión
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En algunos casos la pensión de jubilación depende de varios factores de difícil concreción, por ejemplo, cotización en distintos regímenes de la Seguridad Social (autónomos y régimen general) o trabajo en el extranjero.
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