Subsidio para mayores de 52 años en 2026

A partir de los 52 años, es más complicado encontrar un trabajo estable y las cotizaciones de cara a la jubilación se resienten, lo que puede afectar a la futura pensión de jubilación. 

El subsidio para mayores de 52 años (antes subsidio para mayores de 55 años) es una ayuda especial para desempleados de esa edad, que intenta paliar tanto la falta de ingresos (salario) como una merma en la futura jubilación.

Para este año 2026, mientras no se actualice el IPREM, se mantiene la ayuda económica de 480 euros mensuales de subsidio y sube la cotización de 1.780,60 euros mensuales.

En este artículo se explican los requisitos deben cumplirse para acceder a este subsidio para mayores de 52 años, qué cantidades se cobran, dónde se solicita y qué documentos se necesitan para tramitarlo, incluso cómo solicitarlo sin moverse de casa.

Libro Subsidio mayores de 52 años Ignacio Solsona Laboroteca

El subsidio para mayores de 52 años es un derecho complejo, tanto por sus requisitos de acceso como por las obligaciones que deben cumplirse para mantenerlo en el tiempo. Si quieres conocer todos sus detalles y evitar errores que puedan comprometerlo, tienes a tu disposición el libro Subsidio + 52,  escrito por Ignacio Solsona, abogado laboralista.

Requisitos para acceder al subsidio

Existen varios los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años, vamos a enumerarlos uno a uno y a explicarlos de forma clara y sencilla.

Tener cumplidos 52 años

Como su propio nombre indica, para acceder a este subsidio el solicitante debe tener cumplidos 52 años. Si cumple todos los requisitos salvo la edad, se podrá acceder una vez cumplida la edad 52 años siempre que se haya renovado de forma ininterrumpida la demanda de empleo (no se tienen en cuenta interrupciones poco significativas).

Si se está lejos de cumplir los 52 años, tal vez pueda acogerse al subsidio por desempleo ordinario, especialmente si tiene cargas familiares (hijo o cónyuge a cargo).

Estar en desempleo involuntario

El siguiente requisito es estar desempleado en el momento de solicitar el subsidio y también, inscrito como demandante de empleo en el servicio correspondiente en su comunidad autónoma.

Se debe haber agotado la prestación por desempleo, el paro (la contributiva) o no tener derecho a cobrar la misma, por no haber cotizado lo suficiente (1 año).

No tener rentas superiores a 915,75 euros

El solicitante debe carecer de rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente. Este año 2026 el SMI es de 1.221 euros, por tanto, el 75% de dicha cuantía son 915,75 euros que supone el umbral de rentas que no se pueden superar si se cobra el subsidio.

Se trata de rentas personales, no familiares. Para otros subsidios asistenciales sí que cuentan las rentas familiares, pero para el subsidio para mayores de 52 años, solamente cuentan las rentas propias (sin importar los ingresos del resto de familiares convivientes).

Este requisito debe cumplirse durante toda la vigencia del subsidio, es decir, mientras se cobre el subsidio, no se pueden percibir rentas propias por encima del 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Cada 12 meses el beneficiario del subsidio debe presentar una declaración de rentas (DAR) para acreditar esta circunstancia, en caso contrario, se le interrumpirá el subsidio.

Cumplir el compromiso de actividad

El solicitante se compromete a buscar activamente empleo.

Asimismo, no podrá rechazar ninguna oferta de empleo adecuada a sus características profesionales.

Tampoco podrá negarse a participar en cursos de formación reconvención profesional, etc.

Haber cotizado un mínimo de 15 años

Es requisito esencial haber cotizado un mínimo de 15 años durante su vida laboral. Es el mismo periodo de carencia que se exige para acceder a la jubilación.

De esos 15 años, al menos, 2 de ellos, deben haberse cotizado durante los últimos 15 años. Es un poco enrevesado explicar este límite, pero si se lee bien, se entiende.

Tener cotizados 6 años de desempleo

Las cotizaciones a la Seguridad Social incluyen varias contingencias, entre ellas, el desempleo. Es obligatorio haber cotizado como mínimo 6 años por desempleo. 

Los trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social no suelen tener problema, pero otros colectivos, como los trabajadores autónomos, pueden tener dificultades para sumar estos 6 años, si no han cotizado en otros regímenes (es decir, siempre han cotizado como autónomos), ya que en el RETA no se cotiza por desempleo, sino por cese de actividad, que es una contingencia distinta.

Quedan excluidos del subsidio

Existen algunos casos particulares que dejan fuera a determinadas personas, por incumplimiento de algún requisitos que no se ha citado en el apartado anterior.

Trabajadores que han solicitado la baja voluntaria en su último empleo

Se ha comentado que pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años personas que estén en desempleo involuntario.

Eso deja fuera a quienes hayan solicitado la baja voluntaria en su último empleo, no pueden acceder al subsidio.

Trabajadores autónomos

Los trabajadores autónomos que no hayan cotizado al menos 6 años por desempleo, no pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años. 

Esto deja fuera a la mayoría de trabajadores autónomos, salvo que hayan trabajado anteriormente como asalariados en régimen general (empleados por cuenta ajena).

Cuánto se cobra de subsidio para mayores de 52 años en 2026

La cuantía del subsidio se calcula aplicando el 80% sobre el IPREM.

Para este año 2026 el IPREM se mantiene (por el momento) en 600 euros y por tanto, el subsidio para mayores de 52 años continuará siendo de 480 euros mensuales.

Lo normal es que el IPREM se actualice con los Presupuestos Generales del Estado, por lo que la falta de estos, provoca la congelación del IPREM.

Cuánto tiempo se cobra el subsidio

El subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar hasta la edad de jubilación, momento en el cual el beneficiario pasa a ser pensionista por jubilación.

Si el beneficiario incumple algún requisito o no presenta la declaración anual de rentas, el subsidio se suspende o extingue.

Cuánto se cotiza durante el subsidio para mayores de 52 años

Las personas mayores de 52 años, tienen más dificultades para encontrar empleo. Esa falta de trabajo estable supone una merma en las cotizaciones de la última etapa de su vida laboral y por tanto, una merma en su futura pensión de jubilación.

Problema que se resuelve con el subsidio para mayores de 52 años, puesto que durante el cobro del mismo, el SEPE cotiza por el 125% de la base de cotización mínima. Cierto que, en el ademán de reforma que se intentó implantar en diciembre de 2023 se quiso rebajar esa cotización, pero como se derogó, por el momento, sigue vigente.

Traducido en euros, y para este año 2026, estamos hablando de una base de cotización de 1.780,60 euros, que se tendrá en cuenta a efectos de cálculo de la pensión por jubilación.

Dónde se solicita el subisdio para mayores de 52 años

El subsidio se solicita y tramita en el Servicio Público de Empleo Estatal, el SEPE.

Puede presentarse la solicitud por internet a través de su sede electrónica, con certificado digital o sin éste, rellenando el formulario de pre-solicitud.

También es posible solicitar una cita previa para ser atendido en una oficina presencial, por una persona de carne y hueso, como toda la vida.

Finalmente, es posible rellenar el formulario y adjuntar la documentación y presentarla en algún registro público, como el PROP en la Comunidad Valenciana, o a través de correo administrativo en una oficina de Correos.

Documentos necesarios

La documentación para la solicitud del subsidio es la siguiente:

  • Modelo oficial.
  • DNI o NIE
  • Documento donde figure su cuenta bancaria.

Solo en el caso de ser requerido por el SEPE, deberá presentar un justificante de rentas.

Aunque durante el cobro del subsidio, cada 12 meses, estará obligado a presentar una declaración de sus rentas, pues en caso contrario, el SEPE interrumpirá su subsidio.

Solicitar el subsidio para mayores de 52 años por INTERNET sin firma digital

Una posibilidad bastante atractiva por su simplicidad y comodidad, es solicitar el subsidio a través de internet.

Desde que empezó la pandemia se habilitó la opción de pre-solicitud, que permite al interesado solicitar el subsidio sin acreditarse mediante firma o certificado digital.

Su solicitud se envía al SEPE, y es revisada por un funcionario, que puede aprobarla, denegarla o solicitarle más información y documentos acreditativos.

Os dejo un vídeo tutorial que explica paso a paso cómo solicitar el subsidio para mayores de 52 años (o cualquier subsidio por desempleo) por internet y sin necesidad de firma digital.