El período de prueba en los contratos temporales existe, es legal, y es una fase clave que puede generar muchas dudas al trabajador. ¿Cuánto puede durar como máximo? ¿Te pueden despedir sin explicación? ¿Tienes derecho a paro si te echan durante ese tiempo? En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber, con ejemplos claros y referencias legales.
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¿Qué es el período de prueba?
El período de prueba es una cláusula que se puede incluir en cualquier contrato laboral, ya sea por tiempo indefinido o temporal. Durante ese tiempo inicial, tanto la empresa como el trabajador pueden resolver el contrato sin necesidad de alegar causa, ni preaviso (salvo que se pacte lo contrario).
Su objetivo es permitir a ambas partes comprobar si la relación laboral funciona: el empresario puede valorar la capacidad y adaptación del trabajador, y este puede decidir si acepta las condiciones del puesto.
¿Es obligatorio el período de prueba?
No. El período de prueba no es obligatorio. Y además, para que sea válido debe cumplir ciertas condiciones:
Se debe pactar por escrito en el contrato de trabajo. El mero hecho de que se contemple en el convenio colectivo no da validez al periodo de prueba si no se estipula expresamente en el contrato.
Se deben respetar los límites legales y del convenio colectivo.
El trabajador no debe haber desempeñado previamente el mismo puesto en la empresa (ni por ETT ni con contrato anterior).
¿Cuánto puede durar el período de prueba en un contrato temporal?
Aquí está una de las claves. Según el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, si el contrato temporal tiene una duración inferior a 6 meses, el período de prueba no podrá superar 1 mes, salvo que el convenio colectivo disponga otra cosa.
Duración máxima por defecto:
Contrato temporal menor a 6 meses → 1 mes de prueba
Contrato temporal igual o superior a 6 meses → se aplican las reglas generales:
Hasta 2 meses para trabajadores sin titulación técnica
Hasta 6 meses para técnicos titulados
Hasta 3 meses en empresas de menos de 25 trabajadores (no técnicos)
OJO: Los convenios colectivos pueden fijar otras duraciones. Es imprescindible revisarlo.
¿Qué pasa si el contrato es de solo 2 o 3 meses?
En ese caso, el período de prueba máximo será 1 mes, y normalmente será más corto (una o dos semanas, por ejemplo). A veces no se incluye periodo de prueba por la brevedad del contrato.
¿Debe constar por escrito?
Efectivamente. Para que el período de prueba sea válido, debe figurar en el contrato escrito. Si no se menciona, no existe, y no se puede alegar para justificar una extinción sin preaviso por «no superación del periodo de prueba».
Además, si se incluye de forma ambigua, como por ejemplo «según lo previsto en el convenio colectivo», puede declararse nulo si no se especifica la duración exacta.
¿Y si estás de baja médica, por embarazo o maternidad?
En estos casos, la ley prevé que el período de prueba puede interrumpirse, si ambas partes lo acuerdan, durante situaciones como incapacidad temporal, descanso por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o durante la lactancia, descanso por adopción o acogimiento.
¿Te pueden despedir durante el período de prueba?
Cualquiera de las partes puede finalizar el contrato sin alegar causa. Es decir, la empresa puede extinguir el contrato sin indemnización y sin dar explicaciones, siempre que esté dentro del plazo del período de prueba y no exista vulneración de derechos fundamentales o motivos de nulidad como discriminación, embarazo, represalias, incluso durante una baja médica, siempre que el motivo de no superación del periodo de prueba esté injustificado…
Por ejemplo: Contrato temporal de 3 meses. El trabajador lleva 2 semanas. El contrato recoge un período de prueba de 1 mes. El empresario decide rescindir el contrato. Es legal, y no tiene que justificarlo.
¿Tengo derecho a finiquito si me despiden durante el período de prueba?
Sí. Aunque no haya indemnización por despido, sí tienes derecho al finiquito correspondiente: salario de los días trabajados + parte proporcional de pagas extra + vacaciones no disfrutadas.
¿Puedo cobrar el paro si me despiden durante el período de prueba?
Depende del tiempo que hayas cotizado y de si vienes de una baja voluntaria anterior o no.
Solo podrás cobrar el paro si:
Has cotizado lo suficiente en empleos anteriores (mínimo 360 días en los últimos 6 años).
Solicitaste la baja voluntaria en el trabajo anterior.
Si solicitaste la baja voluntaria en el empleo anterior pero han pasado más de 3 meses y el nuevo empleo termina por «no superación del periodo de prueba».
Es decir, si te despidieron en período de prueba y venías de una baja voluntaria reciente, probablemente no podrás cobrar el paro.
¿Qué pasa si dimite el trabajador durante el período de prueba?
También puede hacerlo sin alegar causa ni preaviso (salvo que se pacte expresamente lo contrario). Lógicamente, la empresa no tiene que pagar indemnización y el trabajador no tiene derecho a desempleo. Igualmente se tiene derecho al finiquito (salario de los días trabajados y parte proporcional de pagas extra y vacaciones).
Aunque no sea obligatorio, es recomendable avisar con algunos días de preaviso para que la empresa pueda reorganizarse y cursar la baja.
Recomendaciones prácticas
Revisa siempre el convenio colectivo aplicable antes de firmar.
Si no quieres aceptar un período de prueba excesivo, negócialo antes de firmar.
Si eres empresa, asegúrate de que consta por escrito y dentro de los límites legales.
Guarda copia del contrato firmado por ambas partes.

