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Calcula el finiquito por baja voluntaria

Finiquito baja voluntaria

La terminología lleva a la confusión, no es lo mismo finiquito que indemnización por despido, y en efectos, existe derecho al finiquito por baja voluntaria del trabajador.

Aun tratándose de una renuncia, el trabajador mantiene su derecho a cobrar el finiquito y liquidación, entendido como: salario del último mes, vacaciones, pagas extraordinarias y otras retribuciones que puedan corresponderle.

Eso sí, cuando estamos ante una baja voluntaria, es decir, una dimisión del trabajador, se pierde el derecho a cobrar cualquier indemnización por despido y prestación por desempleo (paro).

Además, se debe tener cautela con el preaviso.

Todo esto, lo explicaremos a continuación en este mismo artículo.

Concepto de finiquito

Como se ha citado en el encabezamiento, hay que distinguir el finiquito de la indemnización por despido, que se paga al trabajador cuando su despido es improcedente, o un despido objetivo procedente.

El finiquito abarca las cantidades salariales y extrasalariales pendientes de pago en el momento del despido, y que se deben liquidar al trabajador independientemente de la causa de extinción de la relación laboral, incluso en caso de baja voluntaria.

Principalmente el finiquito se compone de: salario del último mes (más los complementos que procedan), parte proporcional de pagas extraordinarias y parte proporcional de vacaciones no disfrutadas.

También es posible que existan otras cantidades pendientes de abono, como comisiones por objetivos o determinadas cantidades que igualmente deberán abonarse al trabajador.

Cómo firmar el finiquito

El artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a entregar el finiquito en el momento de extinción de la relación laboral.

La firma del finiquito es una cuestión delicada.

Muchos finiquitos incluyen una cláusula de conformidad y renuncia del trabajador a posteriores reclamaciones.

Estas cláusulas, siempre controvertidas, no suelen tener alcance libertario para la empresa, no obstante, es mejor tomar cautela cuando se firma el finiquito.

Igualmente, la firma del finiquito puede suponer reconocer que se ha cobrado la cantidad que allí se expresa, aunque estén pendientes de pago.

Por ese motivo, la mejor forma de firmar un finiquito, es anotar bajo la firma: «no conforme y pendiente de pago». 

Más información sobre cómo firmar el finiquito, en este enlace.

Baja voluntaria y preaviso

Es importante comunicar la baja voluntaria respetando el preaviso que se estipule en el convenio colectivo aplicable. Aquí tienes un modelo de baja voluntaria.

Normalmente este preaviso suele ser de 15 días, aunque en determinados convenios colectivos y determinadas categorías profesionales (normalmente las de mayor rango) se puede ampliar ese plazo de preaviso a 1 mes o incluso más.

La renuncia del trabajador incumpliendo el preaviso, está penalizada. En el finiquito por baja voluntaria sin respetar el preaviso del trabajador se puede descontar el salario diario de tantos días como se hayan incumplido de preaviso.

Calcular el finiquito por baja voluntaria

Como hemos citado el finiquito por renuncia del trabajador se compone principalmente por el salario del último mes trabajado, la parte proporcional de pagas extraordinarias y las vacaciones no disfrutadas. 

Vamos a ver cómo se calcula un finiquito por renuncia del trabajador.

Salario del último mes

Imagines que un trabajador ha renunciado y causado baja en fecha 17 de septiembre, la empresa deberá pagarle el salario del mes en curso.

Por ejemplo, imaginemos que este trabajador cobra mensualmente:

  • Salario base = 1.000 euros brutos.
  • Antigüedad = 180 euros brutos.
  • Plus convenio = 100 euros brutos.
  • Nocturnidad = 12 euros por día trabajado en turno de noche.


Si el último mes causa baja el día 17, deberá pagarle la parte proporcional al trabajo mensual.

Elevamos cada concepto de salario a anual, multiplicando el salario mensual por 12 mensualidades y lo dividimos por 365 días que tiene el año. Imaginemos que durante ese mes ha trabajado 5 jornadas en turno de noche. 

El salario por los 17 días trabajados en septiembre, sería el siguiente:

  • Salario base = 558,90 euros.
  • Antigüedad = 100,60 euros.
  •  Plus convenio = 55,89 euros.
  • Nocturnidad (5 jornadas) = 60 euros brutos.

Parte proporcional de pagas extraordinarias

Imaginemos que el trabajador del ejemplo anterior tiene dos pagas extra: la de verano y navidad, la primera se devenga de 1 de julio a 30 de junio, y la segunda se devenga de 1 de enero a 31 de diciembre.

Si cada una de estas pagas es de 1.180 euros (salario base más antigüedad), por 365 días de devengo, habrá que calcular la parte proporcional de acuerdo con el tiempo devengado:

Del 1 de julio al 17 de septiembre han transcurrido un total de 79 días.

Del 1 de enero al 17 de septiembre han transcurrido un total de 260 días.

Si aplicamos la regla de 3, teniendo en cuenta que cada paga extra son 1.180 euros brutos por 365 días, la parte proporcional de pagas sería:

– Parte proporcional de paga de verano = 255,40 euros.

– Parte proporcional de paga de navidad = 840,55 euros.

Parte proporcional de vacaciones no disfrutadas

Las vacaciones no disfrutadas tampoco se pierden por la renuncia del trabajador. Por tanto, el finiquito por baja voluntaria debe incluir la compensación salarial de tantos días como el trabajador no haya disfrutado por la parte proporcional del tiempo trabajado durante el año en curso.

Para nuestro ejemplo anterior, el trabajador solicitaba su renuncia con fecha 17 de septiembre, siendo ese su último día de trabajo.

Si por 365 días le corresponden 30 días de vacaciones, por 260 días que han transcurrido durante el año en curso, le corresponden 21,37 días de vacaciones.

Hemos dicho que cobraba 1.000 euros de salario base + 180 de antigüedad + 100 de plus convenio = suman un total de 1.280 euros, que por 12 pagas son 15.360 euros anuales.

Además, cobra dos pagas extraordinarias de 1.180 euros cada una, lo cual suman otros 2.360 euros euros. Y tratándose de las vacaciones, hemos de tener en cuenta la nocturnidad, que imaginemos, sean 50 días durante el año, lo cual serían otros 600 euros.

Sumamos todos los conceptos 15.360 euros + 2.360 euros + 600 euros = 18.320 euros.

Si lo dividimos por 365 días resulta un salario diario de 50,19 euros.

Por tanto, las vacaciones serían 21,37 días x 50,19 euros = 1.072,60 euros brutos.

Indemnización por baja voluntaria

En caso de renuncia del trabajador no corresponde indemnización alguna por la extinción de la relación laboral.

Legalmente no está previsto, lo cual no quita que de mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador, puede pagarse una indemnización.

Eso sí, la misma estaría sujeta a IRPF, no siendo posible aplicar la exención fiscal que se aplica al resto de indemnizaciones por despido o extinción.

Prestación por desempleo (paro) en caso de baja voluntaria

La renuncia del trabajador no es situación legal de desempleo, y aunque corresponda finiquito por renuncia, en ningún caso corresponde prestación por desempleo.

En algunas ocasiones se pide a la empresa «arreglar los papeles del paro» cuando el trabajador quiere la baja voluntaria, pero también quiere cobrar el paro.

Esto último es un fraude severamente castigado. Los funcionarios del SEPE pueden pedir que se justifique el cobro de indemnizaciones para controlar los fraudes de este tipo.