Arreglar los papeles para cobrar el paro es una artimaña de lo más común, a la par que peligrosa. Se trata de un fraude a la Seguridad Social consistente en la simulación de un despido para conseguir cobrar indebidamente la prestación por desempleo.
Esto ocurre cuando un trabajador quiere irse de la empresa y en lugar de solicitar la baja voluntaria o presentar una demanda de extinción, pide a la empresa que le arregle los papeles del paro.
Muchas empresas son reacias a ello, pero otras acceden.
El problema es la forma de hacerlo. Si el trabajador tiene 10 años de antigüedad, la empresa redacta una carta de despido sin sustancia, vacía de contenido, y el trabajador no reclama su indemnización que puede sumar tranquilamente 20.000 euros, en el SEPE saltan todas las alarmas.
Los funcionarios del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pueden requerir documentación al solicitante de la prestación por desempleo que acredite el cobro de la indemnización (art. 297 LGSS).
La prestación por desempleo se puede suspender si se sospecha de fraude.
En este artículo vamos a abordar multitud de cuestiones relativas al fraude en la prestación por desempleo.
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Quiero irme de la empresa y cobrar el paro
Para cobrar el paro hay que estar en situación legal de desempleo, esto supone que el trabajador pierda su empleo de forma involuntaria: despido, extinción por modificación de las condiciones de trabajo, extinción por incumplimiento empresarial, fin de contrato temporal, muerte del empresario, etc.
Cuando simplemente el trabajador quiere dejar su empleo, puede solicitar una baja voluntaria, pero no tiene derecho a cobrar el paro.
El problema es que algunos trabajadores quieren irse de la empresa cobrando el paro, y piden que les arreglen los papeles. Eso no es posible.
En estos casos, el trabajador debe presentar una demanda solicitando la extinción del contrato, por alguna causa que le legitime, normalmente, incumplimiento empresarial o modificación de las condiciones laborales. Puede conseguir una indemnización y cobrar el paro legalmente, como se explica más abajo.
Simular un despido
Que la empresa redacte una carta de despido es la forma más sencilla de acceder a la prestación por desempleo.
Sin embargo, resulta muy llamativo que un trabajador despedido no reclame una indemnización por despido, más aún cuando ese despido parece improcedente.
Cuando el trabajador acuda al SEPE, se le puede exigir que entregue la carta de despido y el justificante de cobro de la indemnización, ya sea un acta SMAC o al menos, el justificante de que se está reclamando esa indemnización (la demanda por despido).
La simulación de un despido es una infracción muy grave, sancionada con importantes multas y la obligación de devolver la prestación o subsidio por desempleo indebidamente cobrado.
Multa por simular un despido
Está prevista como infracción muy grave la connivencia entre empresario y trabajador para cobrar indebidamente prestaciones de la Seguridad Social, tanto para el trabajador (art. 26.3 LISOS) como para el empresario (art. 23.1 c LISOS).
Las sanciones previstas para esta infracción, que se incrementaron en fecha 1 de octubre de 2021 (RD 10/2021), van desde los 7.501 euros hasta los 30.000 euros, en su grado mínimo.
Se imponen tanto a empresa, como a trabajador.
Además, se impone la obligación tanto a la empresa, como al trabajador de devolver la prestación o subsidio por desempleo cobrada indebidamente. Se trata de una responsabilidad solidaria, es decir, el SEPE puede dirigirse tanto al trabajador como a la empresa para el cobro, no es una responsabilidad mancomunada o subsidiaria.
Devolución de la prestación o subsidio por desempleo
Alternativas legales para cobrar el paro
En ocasiones, irse de la empresa no es un deseo caprichoso del trabajador, puede que se deba a alguna causa legítima.
Por ejemplo, un trabajador que está sumido en una relación laboral tóxica, que incluso, puede sufrir acoso laboral.
O un trabajador al que le han modificado las condiciones de trabajo y está sufriendo un perjuicio por ello, por ejemplo, le han impuesto un sistema de trabajo a turnos incompatible con su vida personal y familiar.
En estos casos, el trabajador puede presentar una demanda para extinguir la relación laboral y cobrar la prestación por desempleo, legalmente, sin fraude. Además, podrá reclamar una indemnización a la empresa, puesto que la causa de extinción es involuntaria, es decir, no se va porque quiere, sino porque la empresa le está perjudicando a un nivel que no está obligado a soportar.