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Actualización de las pensiones de 2022

Actualización pensiones 2022

Confirmada la inflación de noviembre de 2022 se confirma también que la actualización de las pensiones causadas con anterioridad a 1 de enero de 2023, será del 8,5%, es decir, el equivalente a la variación interanual del IPC. 

Este porcentaje se calcula según la variación de la inflación entre diciembre 2021 hasta noviembre de 2022, por ese motivo, ya se conoce que el próximo año se revalorizarán toda las pensiones un 8,5%.

Esto ha supuesto que muchas personas que pensaban jubilarse en 2023 saquen la calculadora y se pregunten si merece la pena esperar al próximo año, o es posible jubilarse con fecha efectos diciembre de 2022 para beneficiarse de esta actualización de las pensiones 2022, aunque ello suponga soportar una penalización por jubilación anticipada.

Muchas son las dudas que surgen al respecto: si vale la pena anticipar la jubilación y soportar la correspondiente penalización, si se aplica la revalorización a una pensión de jubilación causada en diciembre de 2022, qué requisitos deben cumplirse, etc.

En este artículo vamos a tratar de dar respuesta a todas ellas. También comparto un vídeo en mi canal de Youtube con más información sobre esta cuestión.

Si quieres realizar un estudio personalizado de tu caso concreto, puedes contactar a través del buzón de consultas.

Revalorización a todas las pensiones anteriores a enero de 2023

La primera cuestión: qué pensiones se revalorizan y cuáles no. 

Se revalorizarán todas las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad y orfandad, causadas con anterioridad a 1 de enero de 2023. Las posteriores no se actualizarán hasta el año 2024.

Como puede observarse en el Real Decreto 65/2022, todas las pensiones del régimen de Seguridad Social y Clases Pasivas causadas con anterioridad a 1 de enero de 2022 se revalorizaron un 2,5%.

Y aunque aún no esté publicado en el boletín oficial, lo mismo se espera para este próximo año, que todas las pensiones causadas con anterioridad a 1 de enero de 2023, se revaloricen un 8,5% o la cifra que finalmente se determine según la variación interanual del IPC.

Fecha efectos de la pensión (hecho causante)

Actualmente, quienes quieran jubilarse pueden elegir la fecha de su jubilación, siempre entre los 3 meses anteriores y los 3 meses posteriores a la solicitud. La fecha causante de la jubilación puede ser también la misma fecha de solicitud.

En cualquier caso, lo importante para que se aplique la esperada subida del 8,5% o similar, es que la pensión de jubilación tenga se cause con anterioridad a 2023.

Es obligatorio que en la fecha del hecho causante, se cumplan todos los requisitos necesarios para acceder a la jubilación.

Si quieres más información sobre la fecha efectos y el hecho causante puedes leer esta información de la web de la Seguridad Social.

En el caso de las pensiones de incapacidad permanente, la fecha efectos depende de si se ha extinguido o no incapacidad temporal que la precede. Por tanto, la fecha no depende tanto de la voluntad del interesado. 

Y lo mismo ocurre en caso de pensión de viudedad, que se causa en la fecha de fallecimiento y surte efectos con una retroactividad máxima de 3 meses a la fecha de la solicitud.

¿Vale la pena anticipar la jubilación antes de 2023?

Muchas personas se preguntan si jubilarse en diciembre o en enero. Todo depende de las circunstancias de cada uno. Vamos a tratar de dar par de ejemplos.

Para empezar, hay que valorar si es posible acceder a la jubilación anticipada.

Se exigen unos requisitos mínimos para anticipar la jubilación, 35 años cotizados en caso de jubilación anticipada voluntaria y 33 años cotizados en caso de jubilación anticipada involuntaria.

A cada tipo de jubilación se le aplican unas penalizaciones distintas, que dependen; del tiempo cotizado y del tiempo que se adelante la pensión.

Puedes ver las tablas de penalizaciones y todos los requisitos detalles sobre jubilación anticipada en este artículo.

Ejemplo de jubilación anticipada antes de 2023

En caso de anticipar la jubilación para que se cause en 2022 y así poder beneficiarse de la revalorización del 8.5% en la pensión debe valorarse la situación de forma individual.

Puede que a un trabajador de 64 años que ha cotizado 40 años y le quedan 12 meses por jubilarse de forma ordinaria y que además, está pagando un convenio especial, le compense adelantar la jubilación en diciembre de 2022, porque la penalización del 5,25% que le espera, se compensa con la revalorización, que incluso la mejora. Además, consigue cobrar la pensión durante esos 12 meses y se ahorra la cuota del convenio especial. Todo ello en su conjunto hace atractiva la jubilación en diciembre de 2022.

Una persona con 63 años que está cobrando el subsidio por desempleo y cotizando gracias a ello 1458 euros mensuales, puede que no le convenga tanto adelantar la jubilación, soportar una penalización del 21%, por mucho que se amortice, y dejar de cobrar el subsidio y cotizar. Porque la penalización vitalicia que se aplique a su pensión, puede ser muy importante y no quedar compensada con la revalorización.

Valorar las bases de cotización

Es importante valorar las bases de cotización pasadas y futuras. Cada mes que pasa se elimina una base de cotización de hace 25 años y se incorpora una nueva. Por tanto, hay que fijarse en la cuantía de las antiguas y de las nuevas.

Un trabajador que actualmente tiene un buen empleo y cotiza bien, y tiene 63 años, tampoco es muy aconsejable que adelante su pensión, más aún si hace 25 años tenía unas bases de cotización inferiores a las actuales.

Pero otra persona de 64 y pico años a quien se aplica una penalización menor por anticipar su jubilación, y que hace 25 años tenía muy buenas bases de cotización y actualmente está desempleado y cotizando por subsidio, cada mes que pasa pierde una de esas buenas bases de cotización y la cambia por una base de subsidio para mayores de 52 años.

Futura reforma del periodo de cómputo

Otra circunstancia que genera bastante inquietud al valorar la conveniencia de adelantar o no la pensión de jubilación, es la futura reforma del periodo de cómputo para el cálculo de las pensiones, que actualmente está fijado en 25 años, pero se quiere ampliar.

Esto puede causar distintos efectos en las futuras pensiones de jubilación.

Por ejemplo, alguien que hace 25 años cotizaba por bases de 2.500 euros, que actualizadas en la actualidad son bases de cotización de 4.000 euros, actualmente esté cobrando el subsidio para mayores de 52 años y cotizando por 1.458 euros.

Para esta persona, cada mes que pasa, su base reguladora y su futura pensión de jubilación se reducen. Lo cual puede llevarle a anticipar su pensión de jubilación. Pero si el periodo de cómputo se amplía, podría verse beneficiado.

En cambio, una persona que hace 25 años tenía bases de cotización de 700 euros y ahora tiene bases de 4.000 euros, puede sufrir el efecto diametralmente contrario.