Novedades en la jubilación 2026

El año 2026 no trae una gran reforma de la jubilación, pero sí ajustes relevantes ya aprobados que conviene conocer para evitar errores de planificación. La mayor parte de los cambios responden a la aplicación progresiva de la reforma de las pensiones que se llevó a cabo en 2023.

A continuación, te explico qué cambia realmente en 2026, qué apenas tiene impacto todavía y qué normas se mantienen, pese a los rumores.

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Ampliación del período de cómputo para calcular la base reguladora

Uno de los aspectos que más dudas está generando es la ampliación del período de cómputo para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación.

En efecto, la ampliación del periodo de cómputo entra en vigor a partir de enero, pero conviene dejar clara esta idea: en 2026 el impacto es mínimo.

La ampliación se aplicará de forma progresiva hasta 2037, año en el que se alcanzará el modelo completo de 29 años de cotización, pudiendo descartar las 24 peores mensualidades

Sin embargo, en 2026 el cambio es casi testimonial, pues únicamente se añaden 4 mensualidades y se descartan las 2 peores, lo cual tiene poca incidencia en el resultado final.

El problema es que muchas personas han interpretado que ya en 2026 se calculan 29 años, lo cual es incorrecto. Esa fórmula no entra en vigor hasta 2037.

Además, también se calcula la pensión con la fórmula actual: los últimos 25 años de cotización sin ningún descarte. Y el simulador oficial de la Seguridad Social ya calcula automáticamente las dos opciones posibles y aplica siempre el resultado más favorable para el pensionista.

Al tratarse de la elección más favorable entre ambos cálculos, en la práctica, este cambio apenas afecta negativamente a nadie en 2026.

Integración de lagunas mejorada para trabajadores a tiempo parcial, mujeres y algunos hombres

Este sí es un cambio relevante y positivo, aunque sigue siendo poco conocido. Se trata de la reforma en la integración de lagunas.

A partir de 2026 las lagunas se integran con el 100% de la base de cotización mínima, aunque el último empleo haya sido a tiempo parcial.

Además, la reforma ha mejorado de forma sustancial la integración de lagunas de cotización, especialmente para las mujeres y los hombres que cumplan los requisitos legalmente establecidos (ya veremos si mantienen estos requisitos, pues son los mismos que fueron declarados discriminatorios para el reconocimiento del complemento por hijos, llamado brecha de género).

La integración de lagunas permite rellenar los períodos sin cotización cuando se calcula la base reguladora, evitando que esos meses computen como cero.

Con el nuevo sistema:

  • Se aplican porcentajes más ventajosos durante los primeros 84 meses de lagunas.

  • Se protege especialmente a quienes han sufrido interrupciones laborales prolongadas, muy habituales en carreras profesionales femeninas.

En mi opinión, estos cambios sí puede suponer una diferencia notable en la pensión futura, sobre todo en jubilaciones que se produzcan a partir de 2026 y en los años posteriores.

Edad de jubilación en 2026

En 2026 continúa el incremento gradual de la edad ordinaria de jubilación, conforme al calendario legal ya aprobado hace años.

Las edades quedan así:

  • 65 años, solo si se acreditan 38 años y 3 meses de cotización.

  • 66 años y 10 meses, si no se alcanza ese nivel de cotización.

Este aumento no es nuevo, hace desde 2013 que se está incrementado gradualmente la edad de jubilación.

Disposición Transitoria 34: una parte se deroga y la otra se mantiene

La Disposición Transitoria 34 sigue siendo uno de los puntos más confusos del sistema.

  • El apartado 2 dejará de aplicarse en enero de 2026. Esto supone que los futuros pensionistas, cuya pensión inicial (antes de la penalización) supere la pensión máxima, no podrán beneficiarse de los coeficientes reductores más beneficiosos, como venían haciéndolo hasta ahora.

  • El apartado 3, en cambio, se mantiene plenamente vigente y se aplica con total normalidad. A quienes haya extinguido la relación laboral con anterioridad al 1 de enero de 2022, o con posterioridad pero siendo fruto de una decisión colectiva anterior, se les aplican las normas de cálculo anteriores a la reforma, es decir, cuando la pensión inicial supera la máxima, la penalización no se aplica sobre la pensión máxima, sino sobre la pensión inicial, lo cual da mejor resultado. Más información aquí.

Mantenimiento del complemento por brecha de género

El complemento por brecha de género (por hijos) sigue aplicándose en 2026 con el criterio actual, aunque su futuro está en el aire

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de mayo de 2025, el complemento se reconoce tanto a mujeres como a hombres sin solicitar requisito alguno, aunque solo puede percibirlo uno de los progenitores.

En la práctica, el INSS lo está concediendo de forma amplia, pero no puede descartarse una reforma en 2026 que limite o modifique este criterio, pues la normativa actual, la que contempla el art. 60 de la Ley General de la Seguridad Social, ha sido declarada discriminatoria por el TJUE, y por tanto, contraria al principio de igualdad y no discriminación. Por este motivo, no debe descartarse su pronta reforma, como ya ocurrió en su día cuando se declaró discriminatoria la normativa del antiguo complemento por maternidad.